A- de 2024
Ponente Cristina Pardo Schlesinger
✓Demandante Ministerio De Educacion Nacional Y Otro·Demandado Rodriguez Pulgarin Blanca Nelly
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Solicitudes de ejecución de obligaciones contenidas en sentencias judiciales proferidas por la Jurisdicción Contencioso Administrativa
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones suscitado entre la Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Segunda Subsección A del Consejo de Estado y el Juzgado 12 Civil Municipal de Manizales.
Es causa de la controversia, una solicitud de ejecución de providencia judicial ante el Tribunal Administrativo de Caldas, presentada por el Ministerio de Educación Nacional – Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio, en contra de una ciudadana, con el objetivo de solicitar que se ejecute el pago de las costas procesales a las que fue condenada ésta, dentro del proceso adelantado ante el mismo tribunal.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos subjetivo, objetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala Plena considera que la Jurisdicción Contencioso Administrativa es la competente para conocer del caso, en aplicación de la regla de decisión del Auto 008 de 2022, según la cual, el conocimiento de las solicitudes de ejecución de condenas impuestas en sentencias judiciales proferidas por jueces de la jurisdicción de lo contencioso administrativo, formuladas a continuación del proceso en el que se emitieron las condenas cuya ejecución se reclama, corresponde a esa misma jurisdicción de acuerdo con los artículos 298 y 306 del CPACA y el artículo 306 del CGP.
Por consiguiente, la Corte dispone el envío del expediente a la Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Segunda Subsección A del Consejo de Estado para que continúe con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- PRIMERO. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre la Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Segunda Subsección A del Consejo de Estado y el Juzgado 12 Civil Municipal de Manizales, en el sentido de DECLARAR que la jurisdicción contencioso-administrativa es la competente para conocer del proceso promovido por el Ministerio de Educación Nacional - Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio contra Blanca Nelly Rodríguez Pulgarín.
- SEGUNDO. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-5522 a la Sala de lo Contencioso Administrativo Sección Segunda Subsección A del Consejo de Estado para que continúe con lo de su competencia y para que comunique la presente decisión al demandante y a los demás interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.